Tomado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios
Fecha de publicación: 08 de Agosto de 2013
Vigencia: 9 de Agosto de 2013
Última reforma: 10 de noviembre de 2015
Artículo 8 . Información fundamental – General
Es información fundamental, obligatoria para todos los sujetos obligados, la siguiente:
a) La Ley General, la presente Ley y su reglamento;
b) El reglamento interno para el manejo de la información pública del sujeto obligado;
c) Los lineamientos estatales de clasificación de información pública, emitidos por el Instituto;
d) Los lineamientos estatales de publicación y actualización de información fundamental, emitidos por el Instituto.
– Reforma y adición a lineamientos generales de publicación de información fundamental, emitidos por el instituto el 30 de Octubre de 2014.
f) Los lineamientos generales que emita el Sistema Nacional;
g) Las actas y resoluciones del Comité de Transparencia;
h) Dirección electrónica donde podrán recibirse las solicitudes de acceso a la información;
i) La denominación, domicilio, teléfonos, faxes, dirección electrónica, y correo electrónico oficiales del sujeto obligado.
j) El directorio de todos los servidores públicos del sujeto obligado, a partir del nivel de jefe de departamento o su equivalente, o de menor nivel, cuando se brinde atención al público; manejen o apliquen recursos públicos; realicen actos de autoridad o presten servicios profesionales bajo el régimen de confianza u honorarios y personal de base. El directorio deberá incluir, al menos, el nombre, cargo o nombramiento asignado, nivel del puesto en la estructura orgánica, fecha de alta en el cargo, número telefónico, domicilio para recibir correspondencia y dirección de correo electrónico oficiales;
l) El nombre del encargado, Teléfono, fax y correo electrónico de la Unidad;
m) El manual y formato de solicitud de información publica
ñ) La estadística de las solicitudes de información pública atendidas, precisando las procedentes, parcialmente procedentes e improcedentes; así como la estadística de visitas a su sistema de consulta electrónica y el aviso de confidencialidad de los datos personales;
b) Los apartados de los programas federales
c) Los apartados del plan estatal de desarrollo;
d) Los programas estatales aplicables al y por el sujeto obligado;
e) Los Programas Regionales
f) Los demás instrumentos de planeación no contenidos en los incisos anteriores.
a) Las partidas del Presupuesto de Egresos de la Federación y del Presupuesto de Egresos del Estado, así como los conceptos del clasificador por objeto del gasto, aplicables al y por el sujeto obligado, de cuando menos los últimos tres años;
b) Los ingresos extraordinarios recibidos por cualquier concepto, señalando el origen de los recursos, el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos, así como el proyecto o programa donde serán aplicados.
d) Las convocatorias a concursos para ocupar cargos públicos y los resultados de los mismos
h) El listado de jubilados y pensionados y el monto que reciben
i) Los estados financieros mensuales, de cuando menos los últimos tres años;
ñ) Los padrones de proveedores o contratistas, de cuando menos los últimos tres años;
o) Las información sobre adjudicaciones directas en materia de adquisiciones, obra pública, proyectos de inversión y prestación de servicios, de cuando menos los últimos tres años,
q) Las convocatorias y resoluciones sobre licitaciones públicas en materia de adquisiciones, obra pública, proyectos de inversión y prestación de servicios, de cuando menos los últimos tres años;
r) Los inventarios de bienes muebles e inmuebles del sujeto obligado, de cuando menos los últimos tres años, donde se señale cuando menos la descripción, el valor, el régimen jurídico, y el uso o afectación del bien;
s) Los viajes oficiales, su costo, itinerario, agenda y resultados
t) Las concesiones, licencias, permisos o autorizaciones otorgadas de los últimos tres años;
u) Los decretos y expedientes relativos a las expropiaciones que realicen por utilidad pública;
d) Los programas sociales que aplica el sujeto obligado, de cuando menos los últimos tres años, donde se señale cuando menos los objetivos, metas, presupuesto y reglas de operación del programa; los requisitos, trámites y formatos para ser beneficiario; la entidad pública ejecutora, el responsable directo, número de personal que lo aplica y el costo de operación del programa; el padrón de beneficiarios del programa, y la medición de avances de la ejecución del gasto, y el cumplimiento de metas y objetivos del programa, incluida la metodología empleada;
h) La agenda diaria de actividades del sujeto obligado, de cuando menos el último mes;
i) El lugar, día y hora de las todas las reuniones o sesiones de sus órganos colegiados, junto con el orden del día y una relación detallada de los asuntos a tratar, así como la indicación del lugar y forma en que se puedan consultar los documentos públicos relativos, con cuando menos veinticuatro horas anteriores a la celebración de dicha reunión o sesión;
j) Las versiones estenográficas, así como las actas o minutas de las reuniones o sesiones de sus órganos colegiados;
k) La integración, la regulación básica y las actas de las reuniones de los consejos ciudadanos reconocidos oficialmente por el sujeto obligado con el propósito de que la ciudadanía participe o vigile la actividad de sus órganos y dependencias, y
La información pública ordinaria, proactiva o focalizada que considere el sujeto obligado, por sí o a propuesta del Instituto
Administración 2021-2024
Información de Interés Público
Información pro activa del historial de bajas de servidores públicos.
Administración 2021-2024
Administración 2018-2021
2. La publicación de información fundamental debe realizarse con independencia de su publicación oficial y debe reunir los requisitos de claridad, calidad, veracidad, oportunidad y confiabilidad.