Artículo 8

El Gobierno Municipal de Teocaltiche, Jalisco, a través de la Unidad deTransparencia le da la bienvenida y pone a su disposición la información pública que se genera en distintas dependencias municipales, cumpliendo así, con la atribución establecida en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, con el compromiso de garantizar el derecho fundamental de acceder a la información, optimizando los mecanismos para consultar y solicitar información pública.

Artículo 8 . Información fundamental – General

Es información fundamental, obligatoria para todos los sujetos obligados:

I. La necesaria para el ejercicio del derecho a la información que comprende:

a) La presente ley de transparencia y acceso a la información pública, sus reformas y su reglamento;

b) El reglamento interno para el manejo de la información pública del sujeto obligado;

c) Los lineamientos generales de clasificación de información pública, emitidos por el Instituto;

d) Los lineamientos generales de publicación y actualización de información fundamental, emitidos por el Instituto.
    – Reforma y adición a lineamientos generales de publicación de información fundamental, emitidos por el instituto el 30 de Octubre de 2014.

e) Los lineamientos generales de protección de información confidencial y reservada, emitidos por el Instituto.

f) Los criterios generales de clasificación de información pública del sujeto obligado               

g)  Los criterios generales de publicación y actualización de información fundamental del sujeto obligado. 

h)  Los criterios generales de protección de información confidencial y reservada del sujeto obligado.

             * Acuerdo general que considera vigente a la normatividad secundaria existente en lo que no se oponga a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, hasta en tanto no se expide la nueva.

i)  La denominación, domicilio, teléfonos, faxes, dirección electrónica, y correo electrónico oficiales del sujeto obligado.       

j) Directorio del Sujeto Obligado       

k) El nombre del encargado, teléfono, fax y correo electrónico del comité  de clasificación del sujeto obligado  

l) El nombre del encargado, Teléfono, fax y correo electrónico de la Unidad;

m) El manual y formato de solicitud de información publica

n) Los informes de revisión oficiosa y periódica de clasificación de la información publica

ñ) La estadística de las solicitudes de información pública atendidas, precisando las procedentes, parcialmente procedentes e improcedentes.

II. La información sobre el marco jurídico aplicable al y por el sujeto obligado, que comprende:

a) Las disposiciones de las Constituciones Políticas Federal y Estatal aplicables;

b) Los tratados y convenciones internacionales suscritas por México;

c) Las Leyes Federales y Estatales

d) Los reglamentos federales, estatales y municipales;

e) Los decretos, acuerdos y demás normas jurídicas generales;

III. La información sobre la planeación del desarrollo, aplicable al y por el sujeto obligado, que comprende:

a) Los apartados del Plan Nacional de Desarrollo que sirve de marco general a la planeación de las áreas relativas a las funciones del sujeto obligado;

b) Los apartados de los programas federales

c) Los apartados del plan estatal de desarrollo;

d) Los programas estatales aplicables al y por el sujeto obligado; 

e) Los Programas Regionales

f) Los demás instrumentos de planeación no contenidos en los incisos anteriores.

IV. La información sobre la planeación estratégica gubernamental aplicable al y por el sujeto obligado, que comprende:

a) El Plan General Institucional del poder, organismo o municipio correspondiente, con las modificaciones de cuando menos los últimos tres años.

b) Los programas operativos anuales de cuando menos los últimos tres años;

c) Los Manuales de Organización aplicables

d) Los Manuales de Operación aplicables

e) Los manuales de procedimientos

f) Los manuales de servicios

g) Los protocolos, y

h) Los demás instrumentos normativos internos aplicables

V. La información financiera, patrimonial y administrativa, que comprende:

a) Las partidas del Presupuesto de Egresos de la Federación y conceptos del clasificador por objeto del gasto

b) Las partidas del presupuesto de egresos del estado y conceptos de clasificación por concepto de gasto, aplicables al y por el sujeto obligado de por los menos los últimos 3 años.

c) El presupuesto de egresos anual y, en su caso, el clasificador por objeto del gasto del sujeto obligado, de cuando menos los últimos tres años;

d) El organigrama del sujeto obligado, con las modificaciones de cuando menos los últimos tres años;

e) La plantilla del personal del sujeto obligado, con las modificaciones de cuando menos los últimos tres años

f) Las remuneraciones mensuales por puesto, incluidas todas las prestaciones, estímulos o compensaciones 

g) Las nóminas completas del sujeto obligado en las que se incluya las gratificaciones, primas, comisiones, dietas y estímulos, de cuando menos los últimos tres años, y en su caso, con sistema de búsqueda; 

h) El listado de jubilados y pensionados y el monto que reciben 

i) Los estados financieros mensuales, de cuando menos los últimos tres años;

j) Los gastos de comunicación social, de cuando menos los últimos tres años, donde se señale cuando menos la fecha, monto y partida de la erogación, responsable directo de la autorización de la contratación, denominación del medio de comunicación contratado, descripción del servicio contratado, justificación y relación con alguna función o servicio públicos; 

k) El contrato de prestación de servicios o por honorarios, y el gasto realizado por concepto de pago de asesorías al sujeto obligado, donde se señale nombre de la empresa, institución o individuos, el concepto de cada una de las asesorías, así como el trabajo realizado; 

l) Los donativos o subsidios, en especie o en numerario, otorgados por el sujeto obligado, en los que se señale el concepto o nombre del donativo o subsidio, monto, nombre del beneficiario, temporalidad, criterios para otorgar los donativos, acta o minuta de aprobación; 

m) Los donativos o subsidios, en especie o en numerario, recibidos por el sujeto obligado; 

n) Las cuentas públicas, las auditorías internas y externas, así como los demás informes de gestión financiera del sujeto obligado, de cuando menos los últimos tres años; 

ñ) Los padrones de proveedores, de cuando menos los últimos tres años; 

o) Las resoluciones sobre adjudicaciones directas en materia de adquisiciones, obra pública, proyectos de inversión y prestación de servicios, de cuando menos los últimos tres años; 

p) Las convocatorias y resoluciones sobre concursos por invitación en materia de adquisiciones, obra pública, proyectos de inversión y prestación de servicios, de cuando menos los últimos tres años; 

q) Las convocatorias y resoluciones sobre licitaciones públicas en materia de adquisiciones, obra pública, proyectos de inversión y prestación de servicios, de cuando menos los últimos tres años; 

r) Los inventarios de bienes muebles e inmuebles del sujeto obligado, de cuando menos los últimos tres años, donde se señale cuando menos la descripción, el valor, el régimen jurídico, y el uso o afectación del bien; 

s) Los viajes oficiales, su costo, itinerario, agenda y resultados 

t) Las concesiones, licencias, permisos o autorizaciones otorgadas de los últimos tres años; 

u) Los decretos y expedientes relativos a las expropiaciones que realicen por utilidad pública; 

v) Las pólizas de los cheques expedidos; 

w) El estado de la deuda pública del sujeto obligado, donde se señale cuando menos responsable de la autorización, fecha de contratación, monto del crédito, tasa de interés, monto total amortizable, plazo de vencimiento, institución crediticia, objeto de aplicación y avance de aplicación de cada deuda contratada; 

x) Los estados de cuenta bancarios que expiden las instituciones financieras, número de cuentas bancarias, estados financieros, cuentas de fideicomisos e inversiones de cuando menos los últimos seis meses;

y) Las declaraciones patrimoniales de los funcionarios públicos que estén obligados a presentarla, conforme a la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Jalisco, y 

z) El registro de los procedimientos de responsabilidad administrativa, con indicación del número de expediente, fecha de ingreso, nombre del denunciante, nombre y cargo del denunciado y estado procesal; 

VI. La información sobre la gestión pública, que comprende: 

a) Las funciones públicas que realiza el sujeto obligado, donde se señale cuando menos el fundamento legal, la descripción de la función pública, así como los recursos materiales, humanos y financieros asignados para la realización de la función pública; 

b) Los servicios públicos que presta el sujeto obligado, donde se señale cuando menos la descripción y cobertura del servicio público; los recursos materiales, humanos y financieros asignados para la prestación del servicio público, y el número y tipo de beneficiarios directos e indirectos del servicio público. 

c) Las obras públicas que realiza el sujeto obligado, de cuando menos los últimos tres años, donde se señale cuando menos la descripción y ubicación de la obra; el ejecutor y supervisor de la obra; el costo inicial y final; la superficie construida por metros cuadrados; costo por metro cuadrado; su relación con los instrumentos de planeación del desarrollo, y el número y tipo de beneficiarios directos e indirectos de la obra; 

d) Los programas sociales que aplica el sujeto obligado, de cuando menos los últimos tres años, donde se señale cuando menos los objetivos, metas, presupuesto y reglas de operación del programa; los requisitos, trámites y formatos para ser beneficiario; la entidad pública ejecutora, el responsable directo, número de personal que lo aplica y el costo de operación del programa; el padrón de beneficiarios del programa, y la medición de avances de la ejecución del gasto, y el cumplimiento de metas y objetivos del programa, incluida la metodología empleada; 

e) Las políticas públicas que elabora y aplica el sujeto obligado, de cuando menos los últimos tres años; 

f) Los convenios, contratos y demás instrumentos jurídicos suscritos por el sujeto obligado, de cuando menos los últimos tres años; 

g) Las concesiones, licencias, permisos, autorizaciones y demás actos administrativos otorgados por el sujeto obligado, de cuando menos los últimos tres años; 

h) La agenda diaria de actividades del sujeto obligado, de cuando menos el último mes; 

i) El lugar, día y hora de las todas las reuniones o sesiones de sus órganos colegiados, junto con el orden del día y una relación detallada de los asuntos a tratar, así como la indicación del lugar y forma en que se puedan consultar los documentos públicos relativos, con cuando menos veinticuatro horas anteriores a la celebración de dicha reunión o sesión; 

j) Las actas o minutas de las reuniones o sesiones de sus órganos colegiados

k) La integración, la regulación básica y las actas de las reuniones de los consejos ciudadanos reconocidos oficialmente por el sujeto obligado con el propósito de que la ciudadanía participe o vigile la actividad de sus órganos y dependencias,

l) Los informes trimestrales y anuales de actividades del sujeto obligado, de cuando menos los últimos tres años;

VII. Los mecanismos e instrumentos de participación ciudadana que puedan acceder o ejercer ante el sujeto obligado, y

VIII. La información pública ordinaria que considere el sujeto obligado, por sí o a propuesta del Instituto.

2. La publicación de información fundamental debe realizarse con independencia de su publicación oficial y debe reunir los requisitos de claridad, calidad, veracidad, oportunidad y confiabilidad.